Juristas consideran necesario reformar la legislación electoral y la de partidos en la República Dominicana

Los especialistas se refirieron al tema durante el conversatorio virtual “Reformas a la legislación electoral y de partidos políticos en República Dominicana”, este miércoles 4 de agosto. Fue organizado por el Observatorio Político Dominicano (OPD), una iniciativa de Funglode

Santo Domingo. Especialistas de los sectores jurídico y político, debatieron sobre la necesidad de reformar la legislación electoral y de partidos en República Dominicana, así como sus implicaciones  y el tiempo en el que debería aprobarse la modificación de estas normativas.

El conversatorio virtual “Reformas a la legislación electoral y de partidos políticos en República Dominicana”, realizado el miércoles 4 de agosto, fue organizado por el Observatorio Político Dominicano (OPD), una entidad adscrita a la Fundación Global Democracia y Desarrollo (Funglode). Contó con la participación del coordinador de la Unidad de Partidos Políticos del OPD, Vladimir Rozón, y el exjuez del Tribunal Constitucional y experimentado abogado, Jottin Cury.

En el panel, moderado por la investigadora de Funglode Virgina  Wall, se debatieron los principios que deben regir las reformas electorales en el país y las razones por las que la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos 33-18 y la Ley Orgánica de Régimen Electoral han sido declaradas objeto de inconstitucionalidad.

«A partir de la caída del régimen de Trujillo en 1961, pasando por la anterior normativa electoral (Ley núm. 275-97) y llegando a la primera actualización integral del marco electoral dominicano con la Ley núm. 15-19, Orgánica de Régimen Electoral, en el país se han producido 26 reformas en esta materia», reveló Vladimir Rozón.

Rozón indicó,  además, que las leyes núm. 33-18, de Partidos Políticos y la núm. 15-19, han traído consigo controversias, denuncias y sometimientos por inconstitucionalidad de una serie de artículos de ambas leyes, especialmente en términos de libertad de expresión, afiliación, requisitos de candidaturas, alianzas y coaliciones, entre otros aspectos.

“Estas reformas deben ser  aprobadas al menos un año antes de las elecciones a los fines de que su puesta en práctica no suponga un obstáculo llegadas las fechas de montaje de los comicios, ya sean aquellos correspondientes a las primarias o a las elecciones generales, para evitar falencias, improvisaciones e inobservancias como consecuencia de falta de tiempo para adaptar el proceso electoral a la normativa reformada.”, agregó Rozón.

De su lado, el magistrado Jottin Cury consideró que nuestro sistema electoral adolece de numerosos defectos en su mecánica de operación.

“A mi juicio, el Gobierno no debe dar dinero en función del que gana las elecciones porque es reforzar al que sale electo”, sustuvo el magistrado Cury.

Informe del OPD-FUNGLODE

 Recientemente, el OPD publicó la investigación titulada «Legislación electoral y de partidos en República Dominicana: origen, evolución y nuevo proceso reformatorio», que presenta la evolución del sistema electoral dominicano a través de sus leyes electorales aprobadas desde 1962 hasta la fecha, destacando sus principales características y cambios entre unas y otras.

La investigación contempla los antecedentes, motivaciones e historia de las primeras normativas electorales de la nación, así como el esquema y los elementos constitutivos de las más recientes.

Agrega que, entre los posibles focos de atención en las futuras modificaciones se encuentran aquellos temas concernientes al financiamiento político, el método D’Hondt y a la Procuraduría Especializada en Delitos y Crímenes Electorales.

Este estudio puede ser consultado y descargado gratuitamente en el portal www.opd.org.do

 

 

 

 

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