Especialistas resaltan las «alianzas público privadas» como tendencia para el desarrollo de infraestructuras en América Latina y Europa

(Santo Domingo, 12 de junio de 2019).- En la conferencia “Las alianzas público privadas como tendencia para el desarrollo de infraestructuras en América Latina y Europa”,  desarrollada este martes 11 de junio en el Auditorio de la Fundación Global Democracia y Desarrollo (Funglde) los especialistas en Derecho Administrativo Ezequiel Cassagne, de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA), y Zulima Sánchez, de la Universidad de Salamanca (USAL) explicaron el modelo de negocio y su alto impacto positivo. Expusieron en una actividad organizada por el Centro de Estudios de Urbanismo e Infraestructura y el Centro de Estudios de Asuntos Empresariales, que dirigen en nuestra institución César Fernández y Andrés Marranzini, respectivamente. Con la conducción de Omar Liriano, el acto contó con la presencia de nuestro presidente, Leonel Fernández, legisladores, dirigentes políticos y profesionales. Sánchez definió la alianza público privada como «Un contrato a largo plazo entre una empresa y un ente público con la finalidad de prestar un servicio  o realizar una obra o infraestructura». La posibilidad de obtener recursos del sector privado para que instancias públicas puedan desarrollar proyectos con gran incidencia social, como carreteras, túneles y puentes, redes de ferrocarriles y de carreteras, puertos y aeropuertos fue uno de los beneficios que expuso. Precisó que en este tipo de asociaciones la entidad privada asume gran parte del riesgo de la inversión y la gestión, y resaltó que la remuneración por el servicio o infraestructura está muy vinculada al ulterior desempeño de la actividad. Indicó que los contratos suelen tener una duración que varía de 20 a 30 años. Explicó que en la obra que se construye bajo dicho esquema,  el contratista recibe los beneficios de su explotación y debe, en un futuro, dejarla en buenas condiciones a la administración. Ponderó el aval que han dado a esta alianza las instituciones europeas, en concreto,  la Comisión que “alabó la figura por implicar una cohesión mayor entre los agentes de producción y el sector público”. Por su lado, Cassagne manifestó que uno de los principios básicos de las Asociaciones Público Privadas es la transferencia costo-efectiva del riesgo hacia la parte involucrada que se encuentre en mejores condiciones para mitigarlo. La parte privada en un contrato necesita de financiamiento de terceros, indicó para añadir que el eje de toda regulación en el citado modelo “reside en el respeto de los contratos, en el cumplimiento de la palabra y en el establecimiento de un marco de reglas claras que otorguen confianza y seguridad jurídica a los inversores y a las empresas”. El especialista argentino puso de relieve que estas alianzas pueden abarcar todo tipo actividades y servicios, ya sea inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica, y servicios conexos a los mismos. Compartió con el público la experiencia argentina y los fundamentos de la Ley N° 27.328, sancionada el 16/11/2016. Se refirió al “bautizo” de los contratos como Participación Público-Privada (PPP) y a la reglamentación de la ley dispuesta por el decreto N° 118/2017, modificado por el Decreto N° 936/2017. Entre otros aspectos legales explicó que “se permite la constitución…

(Santo Domingo, 12 de junio de 2019).- En la conferencia “Las alianzas público privadas como tendencia para el desarrollo de infraestructuras en América Latina y Europa”,  desarrollada este martes 11 de junio en el Auditorio de la Fundación Global Democracia y Desarrollo (Funglde) los especialistas en Derecho Administrativo Ezequiel Cassagne, de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA), y Zulima Sánchez, de la Universidad de Salamanca (USAL) explicaron el modelo de negocio y su alto impacto positivo.

Expusieron en una actividad organizada por el Centro de Estudios de Urbanismo e Infraestructura y el Centro de Estudios de Asuntos Empresariales, que dirigen en nuestra institución César Fernández y Andrés Marranzini, respectivamente.

Con la conducción de Omar Liriano, el acto contó con la presencia de nuestro presidente, Leonel Fernández, legisladores, dirigentes políticos y profesionales.

Sánchez definió la alianza público privada como «Un contrato a largo plazo entre una empresa y un ente público con la finalidad de prestar un servicio  o realizar una obra o infraestructura».

La posibilidad de obtener recursos del sector privado para que instancias públicas puedan desarrollar proyectos con gran incidencia social, como carreteras, túneles y puentes, redes de ferrocarriles y de carreteras, puertos y aeropuertos fue uno de los beneficios que expuso.

Precisó que en este tipo de asociaciones la entidad privada asume gran parte del riesgo de la inversión y la gestión, y resaltó que la remuneración por el servicio o infraestructura está muy vinculada al ulterior desempeño de la actividad.

Indicó que los contratos suelen tener una duración que varía de 20 a 30 años. Explicó que en la obra que se construye bajo dicho esquema,  el contratista recibe los beneficios de su explotación y debe, en un futuro, dejarla en buenas condiciones a la administración.

Ponderó el aval que han dado a esta alianza las instituciones europeas, en concreto,  la Comisión que “alabó la figura por implicar una cohesión mayor entre los agentes de producción y el sector público”.

Por su lado, Cassagne manifestó que uno de los principios básicos de las Asociaciones Público Privadas es la transferencia costo-efectiva del riesgo hacia la parte involucrada que se encuentre en mejores condiciones para mitigarlo.

La parte privada en un contrato necesita de financiamiento de terceros, indicó para añadir que el eje de toda regulación en el citado modelo “reside en el respeto de los contratos, en el cumplimiento de la palabra y en el establecimiento de un marco de reglas claras que otorguen confianza y seguridad jurídica a los inversores y a las empresas”.

El especialista argentino puso de relieve que estas alianzas pueden abarcar todo tipo actividades y servicios, ya sea inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica, y servicios conexos a los mismos.

Compartió con el público la experiencia argentina y los fundamentos de la Ley N° 27.328, sancionada el 16/11/2016. Se refirió al “bautizo” de los contratos como Participación Público-Privada (PPP) y a la reglamentación de la ley dispuesta por el decreto N° 118/2017, modificado por el Decreto N° 936/2017.

Entre otros aspectos legales explicó que “se permite la constitución de paneles técnicos, para dirimir las controversias de índole técnica, interpretativa o patrimonial que puedan suscitarse durante la ejecución y terminación del contrato”. Además, la posibilidad de acordar en un contrato determinado que todas las controversias puedan resolverse acudiendo a mecanismos de avenimiento y/o arbitraje. Otro apunte establece que “contra los laudos arbitrales sólo podrán interponerse los recursos de aclaratoria y de nulidad”.

Marranzini introdujo el acto y ponderó la vigencia de las alianzas a que hicieron referencia los especialistas y luego el ingeniero Fernández ofreció las credenciales profesionales de los conferencistas.

Sánchez es profesora titular en la USAL y coordinadora del Master de Derecho de la Administración del Estado. Esta maestría se imparte de forma conjunta con USAL y el Iglobal. La jurista ha publicado más de medio centenar de artículos y colaborado con varios capítulos en distintas monografías. Es autora de las obras: El derecho de asilo en Europa: en aras de un complejo equilibrioIntroducción al derecho administrativo españolEstudio práctico de las asociaciones y Democracia directa y otras formas de participación ciudadana: doctrina, jurisprudencia y formularios.

Cassagne es director del Diplomado de Contratos de Participación Público Privada (PPP) de la Procuración de la Ciudad de Buenos Aires y secretario de la Asociación Iberoamericana de Estudios de la Regulación (ASIER). Es abogado, egresado de la Universidad de Buenos Aires.

También es director de la Revista Iberoamericana de Derecho Administrativo y Regulación Económica, de la editorial IJ, y autor de artículos de doctrina en revistas jurídicas, obras colectivas y medios de comunicación.

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